{"id":267,"date":"2023-09-27T21:26:55","date_gmt":"2023-09-27T21:26:55","guid":{"rendered":"http:\/\/chihuahuaparticipa.chihuahua.gob.mx\/?p=267"},"modified":"2023-10-04T15:57:49","modified_gmt":"2023-10-04T15:57:49","slug":"la-revocacion-de-mandato-en-chihuahua","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/2023\/09\/27\/la-revocacion-de-mandato-en-chihuahua\/","title":{"rendered":"La revocaci\u00f3n de mandato en Chihuahua"},"content":{"rendered":"\n<p>Por: Fryda Libertad Licano Ram\u00edrez<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de la emisi\u00f3n de la Ley de Participaci\u00f3n Ciudadana del Estado de Chihuahua, en junio de 2018, la revocaci\u00f3n de mandato se convirti\u00f3 en un mecanismo de democracia directa de real acceso para la ciudadan\u00eda chihuahuense, por el cual \u00e9sta tiene la posibilidad de pronunciarse mediante sufragio libre, directo, secreto y universal, sobre la terminaci\u00f3n anticipada del periodo de gesti\u00f3n de quienes sean titulares de la gubernatura del estado, una diputaci\u00f3n local, una presidencia municipal o una sindicatura. Si la solicitud cumple con los requisitos formales y alcanza el apoyo ciudadano que mandata la ley, el mecanismo ser\u00e1 organizado por el Instituto Estatal Electoral (IEE) quien determinar\u00e1, entre otros aspectos, la fecha para celebrar la jornada de votaci\u00f3n, as\u00ed como el modelo de votaci\u00f3n (boleta tradicional o voto electr\u00f3nico).<\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 25 de mayo, el Consejo Estatal del IEE acord\u00f3 el cumplimiento de los requisitos formales de cuatro procesos de revocaci\u00f3n de mandato de las personas titulares de tres presidencias municipales (Ju\u00e1rez, Praxedis G. Guerrero y G\u00f3mez Far\u00edas) y una diputaci\u00f3n de mayor\u00eda relativa (Distrito 10, con sede en el municipio de Ju\u00e1rez). Estos procesos se encuentran en la fase de obtenci\u00f3n de apoyo ciudadano desde el 30 de mayo y hasta el 27 de agosto. La captaci\u00f3n de las firmas se realiza mediante la aplicaci\u00f3n que el Instituto Nacional Electoral (INE) dise\u00f1\u00f3 en 2017 (en aquel momento exclusivamente para candidaturas independientes). La app del INE ofrece numerosas ventajas tanto para las personas solicitantes del mecanismo, como para la ciudadan\u00eda que proporciona su firma.<\/p>\n\n\n\n<p>La app reduce costos al no requerir formatos de papel, ni copias de la credencial para votar; la aplicaci\u00f3n capta desde los c\u00f3digos de barras y QR de la credencial la informaci\u00f3n del firmante (nombre, clave de elector y ORC\/CIC). La app tambi\u00e9n disminuye la posibilidad de errores humanos por la doble captura, primero en el llenado manual en papel de la informaci\u00f3n del firmante; luego, en la captura de los datos en el portal de verificaci\u00f3n. En t\u00e9rminos de seguridad, posee protocolos estrictos para el manejo de informaci\u00f3n personal al encriptar los datos sin que tengan acceso a \u00e9stos las personas auxiliares; pero, adem\u00e1s, si as\u00ed lo desea, la ciudadan\u00eda interesada en brindar su apoyo puede hacerlo sin personas intermediarias, a trav\u00e9s de la modalidad \u201cMi Apoyo\u201d. Respecto a la necesidad de conexi\u00f3n a internet, la app puede recabar apoyos sin encontrarse \u201cen l\u00ednea\u201d, la informaci\u00f3n capturada se almacena hasta que se accede a la red y se sube en su totalidad. Otra ventaja es la certeza que tienen las personas promoventes del n\u00famero y porcentaje de apoyos v\u00e1lidos que han obtenido, al tener acceso casi inmediato a esta informaci\u00f3n en el Portal Web. Finalmente, la disminuci\u00f3n del tiempo que emplea la captura mediante la app permite la reducci\u00f3n del n\u00famero de auxiliares requeridos (los c\u00e1lculos arrojan una duraci\u00f3n de cuatro minutos para capturar foto de la credencial, foto de la persona firmante y la propia firma).<\/p>\n\n\n\n<p>Pero, \u00bfde cu\u00e1ntas firmas estamos hablando? Para el municipio de Ju\u00e1rez se requieren 58 mil 26 firmas; G\u00f3mez Far\u00edas, 1 mil 101; Pr\u00e1xedis G. Guerrero, 880; y el Distrito 10, 10 mil 349. La pregunta que est\u00e1 considerando el Consejo del IEE para los cuatro mecanismos es exactamente la misma:&nbsp;<strong>\u00bfEst\u00e1s a favor o en contra de revocar el mandato de (ins\u00e9rtese el nombre y cargo correspondiente)?<\/strong>&nbsp;Y las respuestas posibles son&nbsp;<strong>\u201cS\u00ed revocar\u201d, \u201cNo revocar\u201d y \u201cNinguna de las anteriores\u201d<\/strong>. En caso de llegar a la jornada revocatoria de estos mecanismos, el resultado ser\u00eda vinculante si votaran a favor de la revocaci\u00f3n al menos el porcentaje de la lista nominal que ordena la ley: para la Presidencia Municipal de Ju\u00e1rez, el 30% (348 mil 156 votos); el 40% para las presidencias municipales de G\u00f3mez Far\u00edas (2 mil 590) y Praxedis G. Guerrero (2 mil 69); y para la diputaci\u00f3n del Distrito 10, un 30% (31 mil 46).<\/p>\n\n\n\n<p>Algunas consideraciones pertinentes respecto a la revocaci\u00f3n de mandatos de tres a\u00f1os (presidencias municipales, diputaciones y sindicaturas), en las que bien vale la pena reflexionar, guardan relaci\u00f3n con el tiempo en que transcurre la implementaci\u00f3n de los mecanismos por parte del IEE, pues los procedimientos coinciden con la primera parte del proceso electoral donde la ciudadan\u00eda elegir\u00e1 a quien ocupar\u00e1 ese mismo cargo para el pr\u00f3ximo trienio, incrementando la tentaci\u00f3n de incurrir en actos anticipados de campa\u00f1a (para quien aspira a reelegirse o ir en busca de otro cargo de elecci\u00f3n popular) o promoci\u00f3n personalizada; pero adem\u00e1s, bajo el supuesto de que alguno de estos mecanismos re\u00fana el apoyo ciudadano m\u00ednimo, llegue a la jornada de votaci\u00f3n y consiga una participaci\u00f3n que resulte vinculante, ser\u00e1 interesante tasar la utilidad social del mecanismo, que no los dividendos pol\u00edticos. M\u00e1s all\u00e1 de los mecanismos que se encuentran actualmente vigentes, lo que s\u00ed es un hecho notorio, es el cada vez mayor sentido que ha venido cobrando la Ley de Participaci\u00f3n Ciudadana en la vida y agenda p\u00fablica del estado. Por esto \u00faltimo, an\u00f3tele otro triunfo a la ciudadan\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Tomado de: El Heraldo de Chihuahua<br>En: <a href=\"https:\/\/www.elheraldodechihuahua.com.mx\/analisis\/la-revocacion-de-mandato-en-chihuahua-10236150.html\">La revocaci\u00f3n de mandato en Chihuahua &#8211; El Heraldo de Chihuahua | Noticias Locales, Policiacas, de M\u00e9xico, Chihuahua y el Mundo<\/a><br>Fecha de publicaci\u00f3n original: 18\/06\/2023<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por: Fryda Libertad Licano Ram\u00edrez A partir de la emisi\u00f3n de la Ley de Participaci\u00f3n Ciudadana del Estado de Chihuahua, en junio de 2018, la revocaci\u00f3n de mandato se convirti\u00f3 en un mecanismo de democracia directa de real acceso para la ciudadan\u00eda chihuahuense, por el cual \u00e9sta tiene la posibilidad de pronunciarse mediante sufragio libre, &hellip; <\/p>\n<p class=\"link-more\"><a href=\"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/2023\/09\/27\/la-revocacion-de-mandato-en-chihuahua\/\" class=\"more-link\">Leer m\u00e1s<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abLa revocaci\u00f3n de mandato en Chihuahua\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/267"}],"collection":[{"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=267"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/267\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":275,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/267\/revisions\/275"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=267"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=267"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/participa.chihuahua.gob.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=267"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}